Arraigo Social en España
Arraigo social en España
Uno los tipos de arraigo y permiso de residencia más utilizado por los extranjeros de todos los permitidos es el arraigo social en España, esto, porque se basa en demostrar la existencia de vínculos importantes en la comunidad dónde se vive; a diferencia de los otros relacionados al trabajo, o la familia. Este permite la regulación del ciudadano extranjero por un periodo de un año.
Se puede tramitar si nunca tuviste un permiso de residencia regular, o si lo tuviste y no pudiste renovarlo. Sin embargo, también requiere documentación que demuestre la veracidad de esos vínculos. Una vez vencido este permiso, sí se deberá tramitar un permiso regular de residencia (nuevamente) o un permiso por trabajo.
Requisitos
Para tramitar el arraigo social en España se necesita:
- Haber vivido un período mínimo de 3 años en España: esta información debe sustentarse con recibos de pago, de alquiler, facturas de compras, informes médicos, certificados de estudios o, preferiblemente, un empadronamiento.
- El permiso, debe tramitarse personalmente en una oficina de extranjería. Con la excepción a los menores de edad que necesitan representante.
- El solicitante no debe tener antecedentes penales en España, ni en su anterior país de residencia.
- No haber dejado el país durante un periodo mayor a 120 días.
- Tener vínculos familiares, tal sea el caso de, descendientes, ascendientes, pareja o conyugue, o presentar un informe que acredite su integración social emitido por la comunidad o el ayuntamiento.
- No ser ciudadano de la unión europea o suiza.
- No tener prohibida la entrada en España.
Consideraciones
- Se debe cancelar una tasa de residencia temporal.
- Los documentos deben estar apostillados y/o legalizados.
- Deben estar en español.
- El permiso debe tramitarse en un periodo de 3 meses. Si después de ese plazo no se ha completado el proceso, será desestimado.
- Es obligatorio tramitar el alta en la seguridad social.
- Una vez concedido el permiso, dentro de los primeros 30 días, se debe sacar la tarjeta de identidad de extranjero.
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Arraigo social en España con contrato laboral y sin contrato laboral
Este es un punto importante, ya que el proceso del arraigo social en España con contrato laboral y como trabajador autónomo, es diferente:
Con contrato laboral:
Es obligatorio que el empleador se encuentre suscrito a la seguridad social, esté al día con sus obligaciones tributarias y con la seguridad social. La empresa debe mostrar que cuenta con los recursos suficientes para seguir ejerciendo su actividad económica.
Aplica de la misma manera si en lugar de una empresa, es un empleador directo. Este debe estar al día con la seguridad social y sus obligaciones tributarias. Además de garantizar la continuidad de la actividad laboral.
El contrato debe tener una duración mínima de un año, exceptuando al sector agrario, cuyos contratos pueden tener una duración mínima de 6 meses. También se puede tener más de un contrato laboral, siempre que la suma de la semana laboral, de un mínimo de 30 horas.
Sin contrato laboral
Si eres trabajador autónomo también puedes solicitar el arraigo social en España. Lo puedes hacer de dos formas: Por cuenta propia o por recursos propios.
Por cuenta propia: si tus planes son crear una empresa y trabajar en España de manera autónoma, esta es la mejor opción. Deberás crear un plan de empresa, donde especificarás que tipo de actividad comercial realizarás, cuáles serán tus clientes, cuanto piensas invertir, generar o gastar. Además, debes probar que cuentas con los medios económicos para iniciar tu negocio. No se requiere una inversión mínima ya que eso depende de la actividad comercial, solo que demuestres que puedes hacer la inversión.
Aunado a esto, deberás acreditar que cuentas con los medios necesarios para vivir en España, por lo que debes disponer del 100% del IPREM mensual, que son en promedio, unos 580 euros al mes.
Con recursos propios: En este caso debes demostrar que cuentas con los recursos económicos propios, o los de un familiar, para vivir en el país. Sin embargo, el permiso solo tendrá autorización de residencia, no de trabajo.
Tanto para el caso de cuenta propio como de recursos propios, se debe adjuntar un informe de inserción social. Este será un plus para conceder el arraigo social en España.
Por último, no olvides tener a la mano el pasaporte o documento de identidad, la solicitud de modelo oficial impresa, debidamente llenada y firmada, original y copia. Facturas que confirmen la estadía en España por un periodo mínimo de 3 años. Y en caso de que lo necesites, documentos que certifiquen los vínculos familiares.