Arraigo para la formación

Arraigo para la formación en España

Cómo solicitar el arraigo para la formación en España

El arraigo para la formación entró en vigencia este 16 de agosto y es una de las nuevas medidas implementadas por el gobierno español, para fortalecer la fuerza laboral del país con ayuda de los extranjeros. El objetivo de este arraigo, es brindar una oportunidad a los inmigrantes que desean formarse, obteniendo así un acuerdo que será beneficioso para ambas partes.

Por un lado, los extranjeros podrán conseguir permiso de trabajo con mayor facilidad y luego optar por una residencia; mientras que España, consigue mano de obra calificada, para cubrir las vacantes que necesita la economía para impulsarse.

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    ¿Qué debes conocer sobre el arraigo para la formación?

    Este arraigo funciona casi de la misma forma que los anteriores. Tiene una duración de un año y al finalizar se debe hacer la renovación o extensión, en caso de seguir estudiando. Sin embargo, los requisitos varían en algunos puntos, ya que, como su nombre indica, es un arraigo que se brinda solo con el compromiso de formarse en el país, para luego formar parte de la fuerza laboral. 

    Plazos

    Para solicitar este arraigo deberás demostrar un mínimo de residencia de 2 años, en estatus regular o irregular. Para esto, puedes usar el empadronamiento o facturas de luz, arriendo, compras, entre otros.

    Al momento de hacer la solicitud NO debes encontrarte estudiando. Una vez iniciado el trámite, cuentas con 3 meses para matricularte en una institución, o centro de formación.

    Si no logras matricularte y dar prueba de esto, se desestimará el trámite y deberás iniciarlo nuevamente.

    Compromiso

    1. La ley específica que, el extranjero que decida solicitar el arraigo por formación deberá comprometerse a obtener un certificado de profesionalidad, para luego obtener un empleo, según lo establecido en el artículo 65.1 del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales. Esto incluye cursos de ampliación, o actualización de competencias y habilidades formativas o profesionales.
    2. Una vez finalizada la formación, el solicitante debe presentar la solicitud de autorización de residencia y trabajo, en la oficina de extranjería correspondiente. Además, de un contrato de trabajo que debe estar firmado por el empleador, en el cual se debe garantizar un salario mínimo de 1.000 euros al mes.
    3. Se debe abonar la tasa correspondiente a este procedimiento.

    Requisitos

    1. Haber permanecido en España por un periodo mínimo de 2 años.
    2. No poseer antecedentes penales en el país de residencia, o donde haya vivido los últimos 5 años, ni en España.
    3. No ser ciudadano español, o de la unión europea.
    4. No tener la entrada prohibida al país.
    5. Pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción, con vigencia mínima de cuatro meses.
    6. Modelo oficial (EX–10) impreso por duplicado, debidamente formulado y firmado por el solicitante.

    Los documentos deben estar en español o traducidos al mismo. Todos los documentos deben estar legalizados u apostillados, según aplique a la normativa de cada país. Este trámite debe hacerse en la oficina de extranjería correspondiente al domicilio del extranjero; por ese motivo, es indispensable el empadronamiento.

    Beneficios

    Para aquellas personas interesadas en formarse profesionalmente en España, este es un tipo de arraigo ideal; ya que podrán disfrutar de los beneficios de un estatus legal temporal y de trabajo, mientras toman estudios a tiempo completo. Además, las empresas tendrán mayor disposición a tomar personal extranjero, para cubrir la mano de obra necesaria.

    Después de completar los estudios por los que se aplicaron al arraigo para la formación, el extranjero podrá conseguir un permiso de trabajo por 2 años (renovable posteriormente).

    Puedes encontrar mucha más información sobre el arraigo para la formación en la propia página de Extranjería e inclusión del Gobierno.

    También puedes iniciar tu solicitud de arraigo para la formación con nuestro equipo de abogados especialistas en extranjería o consultarnos cualquier duda sobre alguno de los puntos o documentación necesaria para solicitar el arraigo para la formación, consultarnos y nuestros abogados las resolverán.

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